Reglamento del Servicio Profesional de Carrera del Municipio de Monterrey
Mejora Regulatoria
Año de emisión del Dictamen 2024
Resumen de la Propuesta Regulatoria
La reforma al Reglamento tiene como objetivo lanzar una segunda convocatoria en el caso de que no se registren participantes o ninguno cumpla con los requisitos establecidos en la primer convocatoria para establecer el Comité del Servicio Profesional de Carrera señalado en el artículo 26 del Reglamento del Servicio Profesional de carrera del Municipio de Monterrey; Así mismo, en el supuesto de que por segunda ocasión no se registren participantes o ninguno cumpla con los requisitos establecidos, la designación de la representación ciudadana y académica se aprobará por el Ayuntamiento.
Problemática o situación que da origen a la Propuesta Regulatoria
El Reglamento del Servicio Profesional de Carrera del Municipio de Monterrey, actualmente contempla un Comité como órgano colegiado encargado de revisar y aprobar las políticas y procedimientos del Servicio Profesional de Carrera, este se encuentra integrado por diversos funcionarios públicos, así como por una representación ciudadana y otra académica, estableciendo en el artículo 26 el proceso para la designación de estos últimos.
En ocasiones las convocatorias para ocupar espacios de esta naturaleza cuentan con poca o nula participación; Es por esto que se considera importante realizar la reforma del Reglamento del Servicio Profesional de Carrera del Municipio de Monterrey.
Impacto de la Regulación
La reforma únicamente establece el proceso a seguir en caso de que los espacios públicos que conforman al Comité del Servicio Profesional de Carrera queden desiertos, sin generar costo al ciudadano.
Derivado del análisis se identifica lo siguiente:
- La propuesta regulatoria promueve la participación ciudadana garantizando la inclusión en el comité de un vocal de representación ciudadana y uno de representación académica.
- La reforma únicamente establece el proceso a seguir en caso de que los espacios públicos que conforman al Comité del Servicio Profesional de Carrera queden desiertos, sin generar costo al ciudadano.
Comentarios
Se identifica que no hubo comentarios recibidos durante la consulta pública.
Conclusiones derivadas del análisis
Solo se modifican y añaden disposiciones exclusivamente relativas al establecimiento del proceso a seguir en caso de que las convocatorias para ocupar espacios públicos del Comité del Servicio Profesional de Carrera cuenten con poca o nula participación. Además se identifica que la propuesta regulatoria no crea nuevos derechos y/o obligaciones y/o sanciones para los particulares o hace más estrictas las existentes.
En este tenor y al no existir inconveniente legal alguno para llevar a cabo la reforma a dicho reglamento, se determina que no se generan costos de cumplimiento, por lo que la ciudadanía en general resulta beneficiada, es por ello que “se dictamina como procedente la exención de la obligación de elaborar el Análisis de Impacto Regulatorio” de la propuesta del proyecto regulatorio en mención.
Consulta Pública Ciudadana
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 64 y 227, fracción V, de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León, 8, fracción XIII, del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey; 76 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León; y en cumplimiento del acuerdo aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 18 de Abril de 2024; el R. Ayuntamiento sometió a consulta pública, a través del Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, la propuesta de la reforma al Reglamento del Servicio Profesional de Carrera del Municipio de Monterrey en fecha del 2 al 29 de Mayo del 2024
Liga de la Consulta Pública del AIR
https://decidimos.monterrey.gob.mx/processes/reformaservicioprofesional/f/249/
Documento del dictamen emitido SIGA-DMR-129-2029
IMPORTANTE:
- El reglamento no se encuentra en la Agenda Regulatoria
- La acción de regulación es reforma por adición
- La regulación no es de alto impacto