Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
- Tipo de dictamen
- Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante
- Dependencia
- Secretaria del Ayuntamiento
- Unidad administrativa
- Direccion de Gobierno y Asuntos Politicos
- Año
- 2025
- En agenda regulatoria
- No
- Dictamen
- ⬇ SIG-MER-026-2025
- Acción de regulación
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Reforma por modificación y adición de Reglamento
- Resumen de la propuesta regulatoria
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La regulación propuesta únicamente reforma el Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey en relación a los supuestos en un hecho de tránsito
- Problemática o situación que da origen a la propuesta regulatoria
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El principal pilar de cualquier sistema de transporte urbano eficiente y sostenible es la preservación de la seguridad vial y la protección de los usuarios de las vías públicas. Al pensar en la movilización de los vehículos implicados en un accidente de tráfico leve, surge un debate que va más allá de la logística, analizando aspectos importantes como la seguridad, la eficiencia y la responsabilidad compartida en el tema de la movilidad urbana.
En fecha 28 de febrero de 2024, el C. Juan José Niño Tejedor, Director General de Gobierno y Asuntos Interinstitucionales de la Secretaría del ayuntamiento, presentó escrito suscrito por la Lic. Lorena de la Garza Venecia, Diputada Local de Nuevo León, donde presenta una propuesta de Reforma en la fracción I del artículo 140 del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey.
En fecha 24 de Febrero de 2025, la Síndica Primera Blanca Paola Contreras Torres, presentó al Lic. C.P César Garza Villarreal, Secretario del Ayuntamiento del Municipio de Monterrey, una iniciativa de Reforma por Modificación y Adición al Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
- Impacto de la Regulación
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La propuesta regulatoria pretende prevenir la ocurrencia de incidentes secundarios y minimizar los riesgos asociados a la congestión vehicular y la obstrucción del flujo de tráfico.
- La regulación es de alto impacto?
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No
- Derivado del análisis se identifica lo siguiente:
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Beneficios:
- La propuesta regulatoria pretende prevenir la ocurrencia de incidentes secundarios y minimizar los riesgos asociados a la congestión vehicular y la obstrucción del flujo de tráfico.
- Reconoce la importancia de implementar medidas que mitiguen las consecuencias inmediatas de accidentes y busca salvaguardar la integridad física y la seguridad vial de todos los usuarios de la vía pública.
- La presente iniciativa busca involucrar a las Instituciones de Seguros en la difusión de las disposiciones reformadas del Reglamento.
- Considera la movilización de los vehículos involucrados en un siniestro vial menor, con el fin de implementar prácticas más modernas y efectivas en materia de gestión de incidentes viales.
- La regulación propuesta únicamente reforma el Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey en relación a los supuestos en un hecho de tránsito
Costos de cumplimiento:
El Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de Monterrey en su artículo 4 Fracción VIII Menciona que por Costos de Cumplimiento se entiende que “son aquellos costos que, como resultado de una obligación, prohibición, solicitud de nuevos requisitos, presentación de trámites o cualquier otro que se derive de una regulación y que implique que los particulares deban realizar una acción, cambiar sus procedimientos o actividades cotidianas”
ARTÍCULO 140.- Todo conductor participante en un hecho de tránsito, debe cumplir con lo siguiente:
I. No mover los vehículos de la posición dejada por el hecho de tránsito, salvo los siguientes supuestos:
a) Si el hecho de tránsito solamente generó daños a propiedad privada, los vehículos involucrados deberán ser movidos con el fin de liberar el tránsito en las vías afectadas y evitar la obstrucción de la circulación, siempre y cuando todos los vehículos estén en condiciones de circular, ningún conductor presente síntomas de estar bajo el influjo de alcohol, narcóticos, estupefacientes o psicotrópicos, y no existan daños en bienes públicos. Esta medida tiene como objetivo prioritario salvaguardar la integridad física y la seguridad vial de todos los usuarios de la vía. Las instituciones de Seguros colaborarán en la difusión de esta disposición en que sus asegurados, sin que esto afecte su derecho de reclamación por daños. En caso de incumplimiento, se aplicarán las sanciones previstas en el presente Reglamento.
b) Si las partes no estuvieran de acuerdo con la forma de reparación de los daños, aplicarán las reglas establecidas en el artículo 138 del presente reglamento.
La propuesta regulatoria agrega el siguiente apartado en una parte de la reforma: “En caso de incumplimiento, se aplicarán las sanciones previstas en el presente Reglamento.” Las cuáles se encuentran en su artículo 166; Derivado de lo anterior, se identifica que aunque la propuesta regulatoria presenta costos de cumplimiento, los beneficios que presenta son superiores a estos.
- Comentarios
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Se observa que de acuerdo al proyecto de dictamen recibido, el proceso de Consulta Pública será de 15-quince días hábiles a partir de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
- Conclusiones derivadas del análisis
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Por lo anteriormente expuesto y considerando que la presente propuesta corresponde únicamente a la reforma del artículo 140 del Reglamento de Tránsito y Movilidad del Municipio de Monterrey, el cuál busca pretende salvaguardar la integridad física y la seguridad vial de todos los usuarios de la vía pública. Esta Dirección evalúa que la reforma es necesaria para el cumplimiento de la regulación y dictamina que con la reforma al Reglamento “la ciudadanía en general resulta beneficiada, determinando que los beneficios de la regulación son superiores a los costos que esta genera”, lo anterior con fundamento en el artículo 65 del Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de Monterrey.