Inspección de Uso de Suelo
- Tipo
- Inspección
- Modalidad
- Única
- Dependencia
- Secretaria del Ayuntamiento
Inspectores
- Unidad Administrativa
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Dirección de Inspección Urbana, Ecología y Servicios Públicos de la Dirección General de Control Regulatorio y Vigilancia
- Objeto de Verificación o Inspección
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Lugar o establecimiento
- Periodicidad
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Única
- Actividad o Servicio que se inspecciona
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Verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable en materia de asentamientos humanos, ordenamiento territorial y desarrollo urbano, relativa a las construcciones; además de la observancia de la vigencia del plan o programa de desarrollo urbano
- Motivo de la Inspección, Verificación o Visita Domiciliaria
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Verificar las los usos de suelo (verificar diversos usos de suelo tales como multifamiliar, comercio, servicios, e industria) y Fraccionamientos.
- Disposición y Fundamento que regulan la Inspección o Verificación
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Artículos 351, 352, 353, 354, 355, 356 y demás aplicables, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.
- Derechos del Sujeto Regulado
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• Exigir que el servidor público se identifique
• Exigir el motivo de la visita
- Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado
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• Permitir acceso (Exceptuando Inspección Ocular)
• Identificarse
• Presentar licencia de suelo
- Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado
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Tener licencia de suelo expedida por SEDUSO antes de iniciar la operaciones
- Requisitos o documentos que necesita presentar el particular
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• Licencia de uso de suelo
• Identificación Oficial
- El Inspeccionado necesita llenar o firmar algún formato de inspección
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Si
- Tiempo aproximado de Inspección, Verificación o Visita Domiciliaria
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1-3 horas
- Pasos a realizar durante la Inspección, Verificación o Visita Domiciliaria
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• Identificarse
• Motivo de la visita
• Acceso al predio
• Inicio de Recorrido
• Llenado de Actas e Instructivo
- Sanciones que pudieran derivar de la Inspección, Verificación o Visita domiciliaria
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• Multa por no permitir acceso
• Aplicación de Fuerza Pública
• Interrupción inmediata de trabajos cuya ejecución provoque o esté provocando riesgos a la integridad personal o patrimonial de las personas, o a quienes carezcan del permiso correspondiente
• Desocupación o desalojo de inmuebles
• La prohibición de actos de utilización o de uso de edificaciones, predios o lotes
• Las demás que señalan otras Leyes - Facultades, Atribuciones y Obligaciones del Inspector, Verificador o Visitador
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Notificar, inspeccionar y ejecutar de manera conjunta o individualmente, debiéndose identificar con credencial con fotografía expedida por la autoridad competente, que los acredite para realizar dicha función y dejarle copia del presente acuerdo a la persona con quien se atiende la diligencia
- Información de contacto del Órgano Interno de Control para realizar Denuncias o Quejas
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Dirección de Control Interno e Investigación - Calle Miguel Hidalgo y Costilla, Poniente, número 443, Zona Centro, de Municipio de Monterrey, Nuevo León, Código Postal 64000
- Información de Contacto de Autoridades Competentes encargadas de Ordenar la Inspecciones o Verificaciones
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Nombre: Francisco Javier Mata Strickland
Puesto: Jefe de Inspectores - Número de Inspecciones, Verificaciones o Visitas Domiciliarias realizadas en el año anterior
- Número de inspeccionados sancionados en el año anterior
- Link de Queja Ciudadana